Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.


El Lavado dinero o lavado de activos se lo puede definir como un proceso por medio del cual una organización delictiva pretende otorgar apariencia lícita a dinero obtenido de actividades ilícitas.

El financiamiento del terrorismo es el otorgamiento de fondos u otros bienes, cuyo origen puede ser lícito o ilícito, con la intención de que sean utilizados para apoyar actividades que infundan miedo en la sociedad o que pretendan obligar a las autoridades a realizar un acto o abstenerse de hacerlo por medio de la fuerza.

Hanseatica en su condición de Compañía de Seguros reviste el carácter de Sujeto Obligado conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la ley 25.246-, Encubrimiento y Lavado de Activos de Origen Delictivo- razón por la cual observa y aplica en su operatoria las medidas y procedimientos definidas en la resolución 28/2018 de la Unidad de Información Financiera (UIF).

Mediante la Resolución 28/2018, la Unidad de Información Financiera (UIF)-reglamenta la Ley 25.246 sobre -Encubrimiento y Lavado de Activos de origen delictivo- en lo que a la Industria del Seguro concierne, estableciendo los lineamientos para la Gestión de Riesgos de LA/FT y de cumplimiento mínimo que los Sujetos Obligados del sector asegurador deben adoptar y aplicar para gestionar, de acuerdo con sus políticas, procedimientos y controles, el riesgo de ser utilizadas por terceros con objetivos criminales de LA/FT. Asimismo señala los aspectos a observar para la identificación de los clientes, disponiendo los distintos requisitos de información y documentación a cumplimentar según corresponda.

Se puede acceder al texto completo de la Ley 25.246 y Resolución UIF 28/2018 a través del siguiente link. servicios.infoleg.gob.ar

Nº de inscripción:
0778

Atención al asegurado:
0800-666-8400

Dirección Gral. de Defensa y Protección al Consumidor. Para consultas y/o denuncias ingrese aquí